miércoles, 8 de julio de 2009

EL DERECHO DE LAS MINORÍAS RELIGIOSAS

Por César Sánchez Martínez

La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República aprobó el dictamen de la Ley de Igualdad Religiosa, faltando que este dispositivo se debata ahora en las sesiones del pleno.
También, las iglesias cristianas realizaron el pasado 11 de junio la denominada "Marcha por la igualdad religiosa", actividad que tuvo como finalidad sensibilizar a la opinión pública acerca de los derechos que deberían tener las minorías religiosas en el país. Se buscó que el Congreso de la República ponga en debate la propuesta que aún no se discutía en la Comisión de Constitución y Reglamento.

Es obvio que para cualquier creyente que la iniciativa aprobada en un paso adelante para lograr que las minorías religiosas también gocen de facilidades en su trabajo de compartimiento de fe.

Por cierto que la norma aprobada, no solamente beneficiará a la iglesia evangélica, sino también a otras minorías religiosas que sin ser cristianas. Se trata de reinvindicar los derechos civiles que todo ciudadano peruano debería tener en tiempos de globalización.

Desde el punto de vista numérico, esta iniciativa es válida en virtud que los cristianos (evangélicos y carismáticos) suman algo más del 15 por ciento de la población peruana, que sumados a los grupos religiosos no católicos, representan casi la cuarta parte de la población en general. En realidad es una cifra importante por el caudal electoral que representan.

Si bien es cierto que la Constitución Política garantiza el libre ejercicio de credo alguno, también es real que en la práctica, estos principios no se cumplen. Tampoco se trata de exigir los beneficios que goza la iglesia católica, porque parte de ello es producto de la suscripción del Concordato entre los gobiernos del Perú y el Vaticano.
En todo caso, la autoridad de la iglesia evangélica podrá más adelante suscribir algún tipo de convenio con el Estado, aunque desde la óptica bíblica no es pertinente. No obstante, según el artículo 50° de la Constitución Política del Perú, "El Estado respeta otras confesiones y puede establecer formas de colaboración con ellas".
El dictamen aprobado por unanimidad constituye para la iglesia evangélica, no un beneficio, sino un derecho que todo ciudadano peruano merece tener.
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El autor es periodista, miembro de la Primera Iglesia Bautista del Callao desde 1974.

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