Los candidatos, en el marco de un proceso electoral, estarán prohibidos de
entregar o hacer ofrecimiento de dinero, dádivas u otros obsequios de
naturaleza económica, de manera directa o indirecta a través de terceros, salvo
que constituya propaganda electoral, la que no podrá exceder de un 1% de la UIT
por cada bien entregado, es decir 39.50 soles.
La ocurrencia en este tipo de conducta implicará la aplicación gradual de
sanciones desde una amonestación escrita hasta una multa de diez UIT y la
exclusión del proceso electoral correspondiente.