La Comisión de Mujer y Familia aprobó, por mayoría, el dictamen que propone la Ley de Identidad de Género, que tiene por objeto regular los principios, medidas, y procedimientos destinados a garantizar el reconocimiento de la identidad de género libremente manifestada. Fue el lunes 29, durante la trigésima primera sesión ordinaria virtual de ese grupo de trabajo, que preside la congresista Carolina Lizárraga Houghton (PM). Previamente, la parlamentaria Julia Ayquipa Torres (Frepap) planteó una cuestión previa a fin de que la propuesta cuente con la opinión de los ministerios de Salud y de Trabajo, del Colegio Médico, quienes hasta la fecha no han respondido al grupo de trabajo. La propuesta fue rechazada por unanimidad.
Indicó
que es necesario esperar las opiniones de esas instituciones, y que su debate
en la comisión se dé posterior al proceso electoral.
En razón
a ello, la titular del grupo de trabajo señaló que no hay ningún compromiso
político, toda vez que la norma está desde el 2016 en la comisión sin que se
haya puesto a debate.
Lizárraga
dijo que la población trans ha vivido momentos difíciles y mucho más en época
de pandemia que tienen que ser atendidos con urgencia por tener el mismo
derecho que todas las personas.
En la
misma línea, el legislador Alberto De Belaúnde (PM) dijo que es un tema
impopular, que lo único que busca es garantizar el derecho no reconocido de una
población vulnerable.
“La
identidad de género está en el Plan Nacional de Derechos Humanos aprobado por
el Poder Ejecutivo, está en el informe de la Defensoría del Pueblo con la
recomendación expresa a este Congreso para su aprobación. Ya conocemos cuál es
la postura del Ministerio de Salud en la que establece una serie de parámetros
para brindar la atención integral diferenciada a la población trans”, indicó.
Según el
texto de la norma, toda persona es igual en dignidad, con pleno reconocimiento
de su identidad de género, nadie debe ser objeto de discriminación, acoso,
penalización o denegación de servicios por motivo de su identidad de género.
Se
entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género
tal como cada persona lo siente, la cual puede corresponder o no con el sexo
asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia persona del cuerpo.
Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a
través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello
sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la
vestimenta, el modo de hablar y los modales.
Respecto
a la rectificación registral, menciona que toda persona mayor de edad puede
solicitar la adecuación registral de sus documentos de identificación, en sede
administrativa mediante un proceso sencillo y gratuito ante la Reniec o sus
sedes regionales o locales, si la identidad vivida difiere de aquella asignada
al nacer.
La
iniciativa propone como disposición final que, a efectos de implementar la
presente ley, todas las instituciones deberán adecuar sus normas y
procedimientos internos en el plazo de tres (3) meses computables a partir de
su promulgación para su adecuación.
El
Ministerio Público implementará en su registro de denuncias e investigaciones
fiscales la variable de identidad de género dentro de aquellas que involucren
delitos contra la vida, cuerpo, salud y discriminación.
CAMBIADORES INFANTILES
Finalmente,
la Comisión de Mujer y Familia aprobó, por unanimidad, el dictamen que propone
la Ley que promueve la implementación de cambiadores infantiles en los
edificios de uso público.
La
sustentación estuvo a cargo de la presidenta del grupo de trabajo, quien señaló
que la norma tiene por objeto promover la implementación de cambiadores
infantiles en los servicios higiénicos de mujeres y hombres en los espacios de
uso público con la finalidad de facilitar el cuidado y la protección de los
niños y niñas de forma higiénica, cómoda y segura.
Lizárraga
dijo que la Comisión de Mujer y Familia observa que las normas técnicas de
edificación del reglamento nacional de edificaciones aprobado por DS 11-2006,
del Ministerio de Vivienda no hace mención alguna sobre cambiadores infantiles
en los servicios higiénicos de edificios, pese a la gran importancia de
implementar espacios saludables para la población infantil.
La
legisladora Arlette Contreras (NoA) señaló que se debe tomar en cuenta la
opinión de la Defensoría del Pueblo, la misma que ha precisado que estos
cambiadores podrían limitarse a los espacios que son utilizados por las
mujeres.
Indicó
que se debe tener en cuenta, además que las familias son distintas y no todas
viven con papá o mamá. “La idea es protegerlos, pero tengamos en consideración
todos los recursos y la realidad en que niñas y niños menores de edad puedan
encontrarse”, puntualizó.
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