Con la finalidad de contar con reglas claras, precisas y sistematizadas que se apliquen en los procesos electorales, la Comisión de Constitución y Reglamento presentó el texto del primer Código Electoral del Perú, el cual compila siete leyes vigentes que se circunscriben a los comicios. “Se propone la sistematización, unificación e integridad del cuerpo normativo electoral, beneficiando a todos los actores del proceso electoral, lo que generará una mayor confianza de la ciudadanía y, además, ayudará a legitimar a estas instituciones frente a la sociedad. Todas estas medidas son en beneficio de nuestro país de cara a la celebración del bicentenario de nuestra independencia”, señaló el congresista Luis Valdez Farías, presidente de ese grupo de trabajo.
Aseveró
que se trata del predictamen recaído en los proyectos de ley 1313/2016-JNE,
1751/2017-CR y 4251/2018-JNE, para la aprobación del Código Electoral del Perú.
“Quiero
expresar mi entusiasmo, porque se trata del primer Código Electoral de nuestra
historia”, afirmó Valdez al tiempo de destacar que los comicios son una piedra
angular dentro de nuestro sistema y, por ello, la necesidad de contar con
reglas claras y precisas.
Agregó
que se integran en un solo texto legal siete normas vigentes: Ley 26859, Ley
Orgánica de Elecciones (LOE), Ley 27683, Ley de Elecciones Regionales (LER),
Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales (LEM), Ley 28360, Ley de Elecciones de
Representantes ante el Parlamento Andino (PA), Ley 28440, Ley de Elección de
Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados (CP), Ley 28094, Ley de
Organizaciones Políticas (LOP) y la Ley 26300, Ley de los Derechos de
Participación y Control Ciudadanos (LPCC).
La
compilación de las siete normas mencionadas implicó la sistematización de 587
artículos. La propuesta normativa implica la derogación total o parcial de 90
artículos. El resultado de la compilación, sistematización y concordancia de
normas nos da como resultado un Código Electoral de 525 artículos y dos
disposiciones complementarias finales, divididos en 19 títulos y 75 capítulos,
informó el congresista Valdez Farías.
“El
Código Electoral que les presentamos contiene, en cada artículo propuesto, una
fuente de la cual proviene, que, en casi todos los casos, son artículos de
leyes vigentes a las que no se les ha realizado ninguna reforma”, agregó al
tiempo de señalar que no se trata de una creación legislativa, sino una
compilación de normas existentes en un texto único y sistematizado que facilite
el trabajo de los operadores.
“Debemos
proponernos aprobar por primera vez en la historia del Perú el nuevo Código
Electoral y después incluir las reformas electorales que nos preocupen a
todos”, concluyó Valdez, tras lo cual el texto pasó a un cuarto intermedio por
una semana a fin de que pueda ser revisado por los legisladores para su
posterior debate y votación.
De
manera muy breve participaron los congresistas Martha Chávez (NoA), Carlos
Almerí (PP), Gino Costa (PM) y Omar Chehade (APP), quienes coincidieron en la
necesidad de que se genere un amplio debate a fin de contar con un Código
Electoral para –entre otros aspectos– evitar el abuso de los entes electorales,
por ejemplo, en el cobro de las impugnaciones que afecta a los partidos
políticos –como dijo Chávez– y fomentar procesos electorales predictibles, por
ejemplo, en los plazos.
IDENTIDAD DE GÉNERO
En la
sesión virtual, el congresista Alberto de Belaunde (PM) sustentó el Proyecto de
Ley 790/2016-CR, Ley de Identidad de Género.
Tiene
por objeto garantizar el reconocimiento del derecho a la identidad de género de
toda persona especialmente de aquellas que se identifican como personas trans a
través de un procedimiento administrativo especial de rectificación de los
nombres, el sexo y la imagen consignados en el Documento Nacional de Identidad
de carácter sencillo, gratuito, célere y sin requisitos irrazonables, invasivos
y patologizantes.
“Esta
ley no crea una realidad. Las personas trans existen, son peruanos como
nosotros. Si no aprobamos esta iniciativa van a seguir siendo nuestros amigos,
vecinos, compañeros, pero van a estar en condición vulnerable para el ejercicio
de sus derechos”, remarcó el legislador.
DECRETOS
En la
sesión fueron aprobados –con 14 votos a favor y 1 en contra– los dictámenes de
siete decretos de urgencia dictados en el interregno parlamentario. Se trata de
los decretos de urgencia 007-2019, 009-2019, 017-2019, 021-2019, 023-2019,
024-2019 y 028-2019.
Así
también fueron aprobados –por unanimidad con 15 votos a favor– los dictámenes
de 15 decretos legislativos. Se trata de los decretos legislativos 1455, 1457,
1460, 1461, 1465, 1466, 1467, 1474, 1477, 1478, 1485, 1486, 1487, 1488 y 1500.
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