La nueva
ley universitaria es una de las propuestas legislativas, más importantes aprobadas
por la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, y por el pleno del Congreso,
en la legislatura 2013-2014, según Daniel Mora Zevallos, presidente de la Comisión
de Educación, Juventud y Deporte.
Aproximadamente
52 proyectos de ley fueron presentados por congresistas de diferentes bancadas,
y sirvieron de base para redactar el importante dictamen, que forma parte de la
trilogía de normas tendentes a solucionar la crisis por la que atraviesa la
educación peruana: Ley Magisterial, Ley de Moratoria para la creación de nuevas
universidades y la propia Ley Universitaria.
La redacción y corrección de la normatividad de más de 120 artículos que se ha
trabajado a lo largo de dos años y medio, y su contenido fue expuesto en
sesiones ordinarias, sesiones extraordinarias y audiencias públicas realizadas
en las 139 universidades que hay en el país, 50 públicas y 89 privadas.
También en foros nacionales e internacionales. Aún se recuerda la reunión
conjunta realizada por las comisiones de educación del Parlamento del Perú y de
Chile. Los representantes del país sureño, que afronta un problema similar en
su patria, destacaron las bondades del proyecto universitario nacional.
La reforma universitaria tenía que extirpar, desde sus raíces, los problemas de
inmoralidad, corrupción y, sobre todo, erradicar el pensamiento y el propósito
de haber convertido a las universidades como centros donde se impartía la
educación con fines de lucro, expresó el legislador.
El arduo trabajo se centró en tener una nueva universidad de calidad y de
investigación que esté al alcance de todos, especialmente para los más pobres.
En esta noble misión tuvo una especial labor el Consejo Consultivo, integrado
por ex ministros de Educación y rectores de las principales universidades del
país.
Para el
congresista ha llegado el momento de que la universidad peruana recupere el
tiempo perdido y se constituya en un verdadero centro de investigación y
forjador de los peruanos del futuro. Porque se tendrá una nueva ley después de
31 años.
“Es un paso adelante el que se ha dado. Los resultados se verán dentro de pocos
años. En lo inmediato ha significado la derrota de las mafias que prácticamente
se apropiaron de diversas universidades públicas y privadas para promover el
negocio rápido con el apoyo de sectores retrógrados de la política nacional”,
expresó.
Dijo
también que el proyecto define a la universidad como una comunidad de docentes,
estudiantes y graduados, más allá de que sea pública o privada, con fines de
lucro o sin ellos. Estos son los agentes de la universidad y su presencia se
expresa en los órganos de gobierno.
Agregó que no se entiende la autonomía universitaria como autarquía de cada
universidad, lo que ha conducido a la corrupción actual, sino como la
independencia necesaria para el ejercicio responsable de la actividad académica
y administrativa en los marcos de la Constitución y la ley.
Se establece,
asimismo, una entidad reguladora denominada superintendencia, que vela por la
calidad de la educación universitaria y se encarga de dar o negar autorización
para el funcionamiento de las universidades. Reúne toda la legislación sobre la
universidad que se encontraba dispersa en cinco normas con rango de ley, en una
sola pieza legislativa.
También se
establece un régimen académico flexible para que cada universidad lo adecúe a
sus necesidades. Señala la obligatoriedad de los estudios generales. Pone con
claridad los requisitos para acceder a grados académicos y título profesional,
buscando evitar el facilismo para conseguir los mismos.
Devuelve el trabajo final de investigación o tesina para obtener el
bachillerato. Promueve la investigación al señalar que es una actividad
obligatoria, en sus distintos niveles, para cada universidad. Establece la categoría de profesor
investigador con un 50% de bonificación sobre su haber total. Se establece el
vice rectorado de investigación y el vice rector administrativo pasa a ser un
director de administración nombrado por el rector.
Garantiza
la elección directa, por voto universal y ponderado, de las autoridades en las
universidades públicas. El rector y vice rectores son elegidos en una sola
“plancha” para evitar posteriores desacuerdos entre ellos.
La
comunidad universitaria integrada por docentes y estudiantes, debe expresarse
en el gobierno de las universidades privadas. El
Consejo Universitario y Consejo de Facultad se convierten en órganos con menor
número de integrantes.
El Comité Electoral que inicia el proceso de cambio de autoridades esté
conformado por los profesores más antiguos en cada categoría y por los alumnos
con mejores notas, para evitar el control de las elecciones por los grupos
mafiosos.
Se
establece mayores exigencias (maestría y doctorado de acuerdo al nivel) para el
desempeño de la labor docente. Un 25% de docentes a tiempo completo debe haber,
en un plazo de cinco años, en cada universidad.
Con
respecto a las universidades privadas, se precisa enfáticamente que hay una
diferencia entre lo privado y las actividades sin fines de lucro. Deben rendir
cuentas al órgano regulador (superintendencia) sobre su estándar académico y
sus cuentas.
Para acceder a la exoneración de impuestos deben señalar con claridad a la
SUNAT en qué reinvierten sus ganancias. Deben tener algún tipo de actividad de
investigación.
En relación a los estudiantes que desaprueben una materia en tres oportunidades
serán separados de la universidad por un año para luego de ello tener la
oportunidad de cursarla por cuarta vez. Si en la cuarta oportunidad son jalados
se procederá a la separación definitiva.
Para ser representantes estudiantiles deben pertenecer al tercio superior de
estudiantes en términos de calificaciones académicas. Los representantes
estudiantiles no pueden realizar ningún tipo de cobro por su actividad de
presentación.
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